A- de 2022
Ponente Luis Fernando López Roca
✓Demandante Juan Camilo Restrepo Salazar·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Negar por cuanto no se configura causal que afecte la imparcialidad exigida
- Carácter excepcional y taxativo de las causales en que se originan, lo cual exige una interpretación restrictiva de las mismas
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el precitado auto se resuelve el impedimento manifestado por el conjuez Juan Camilo Restrepo Salazar para participar en el presente proceso, por haber conceptuado sobre la constitucionalidad del artículo demandado y, en consecuencia, estar incurso en la causal consagrada en el artículo 25 del Decreto 2067 de 1991.
Se NIEGA el impedimento precitado porque, más allá de reconocer la existencia de la circunstancia planteada, no se observó afectación de la imparcialidad exigida en los juicios de inconstitucionalidad.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (20 puntos)
- NEGAR el impedimento manifestado por el H. Conjuez Juan Camilo Restrepo Salazar para intervenir y decidir dentro del Expediente D-13279 y D-13292 acumulados, que se ocupa del proceso de control de constitucionalidad del articulo 122 (parcial) de la Ley 1943 de 2018, "Por la cual se expiden normas de financiamiento para el restablecimiento del equilibrio del presupuesto general y se dictan otras disposiciones"
- Comuníquese y cúmplase,
- LUIS FERNANDO LOPEZ ROCA
- Conjuez Ponente
- RUTH STELLA CORREA PALACIO
- Conjuez
- Ausente con excusa
- JOSE MIGUEL DE LA CALLE RESTREPO
- Conjuez
- ADRIANA MARÍA GUILLÉN ARANGO
- Conjuez
- MAURICIO FAJARDO GÓMEZ
- Conjuez
- JULIO ANDRÉS OSSA SANTAMARÍA
- Conjuez
- LUIS HERNANDO PARRA NIETO
- Conjuez
- JORGE GABINO PINZÓN SÁNCHEZ
- Conjuez
- MARTHA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.